05 febrero 2015

La amenaza es real

A los que les preocupa más las formas que el fondo, la foto del pacto contra el terrorismo yihadista firmado por el gobierno del Partido Popular y el Partido Socialista que el acuerdo en sí mismo. A los que ven en todo esto una involución democrática o los que no acaban de verlo.

A todos ellos hay que recordarles que este acuerdo casi reproduce literalmente la Resolución del Consejo de Seguridad de Naciones Unidas de 24 de Septiembre de 2014 (2014 S/RES/2178) y también que España no está exenta ni de la actuación en nuestro territorio del terror yihadista (11-M) ni de la reproducción de los fenómenos criminógenos – individuales u organizados – que comporta esta aberración totalitaria, como el de los llamados ‘lobos solitarios’, el alistamiento en ejércitos de muyahidines, el reclutamiento y adoctrinamiento de combatientes, la difusión de la ideología, etc.

Hoy El País publica un artículo “España, vanguardia de la yihad” donde se explica que desde el 11-M es el país europeo con más detenciones por terrorismo islamista. Y se destaca que “El número de muyahidines que, procedentes de España, se han unido al sangriento EI es mucho menor que el de otros países europeos como Francia (1.200) o Reino Unido (500), pero la amenaza es la misma y España ostenta dos récords macabros difíciles de igualar: haber sido escenario del primer "éxito" de la yihad en Europa (192 muertos y miles de heridos contra los trenes de Atocha en marzo de 2004) y el primer suicidio colectivo de yihadistas en Leganés (siete terroristas y un policía nacional muertos).”.

Según el Informe Anual de Seguridad Nacional 2013 del Consejo de Seguridad Nacional “España es uno de los países en los que actúan redes yihadistas que reclutan a jóvenes para enviarlos a cometer atentados en lugares donde se desarrolla un conflicto armado. Ello supone una nueva amenaza para la Seguridad Nacional en la medida en que esas personas, una vez alcanzados los conocimientos técnicos y el nivel de radicalización necesarios, pueden regresar a España y representar un riesgo potencial de atentados en territorio español.”.

Del pacto se ha dicho que no era necesario, que nuestro ordenamiento jurídico ya contempla medidas para combatir el terrorismo yihadista, y eso no es exacto. El Código Penal, modificado hasta la extenuación desde su entrada en vigor en 1995, en lo que se refiere al terrorismo está muy enfocado a combatir a ETA y a su entorno y no tiene en cuenta, específicamente, el terrorismo yihadista y su apología.

No haré de este artículo un debate jurídico pero mi opinión es que el capítulo VII del título XXII - De las organizaciones y grupos terroristas y de los delitos de terrorismo – del Código Penal no contempla todos los supuestos de la amenaza real del yihadismo. Así mismo, las penas previstas en el artículo 18 sobre la apología o en el artículo 510 sobre los delitos de odio, no se ajustan a la necesaria ponderación de los bienes jurídicos a proteger.


Por lo que se refiere al endurecimiento de penas en general o a la llamada pena de prisión permanente revisable parece inútil insistir en que el sistema penal español es uno de los que contempla penas más largas y el segundo en promedio de tiempo de cumplimiento de las penas. Así es que, desde el punto de vista de la penología, no hay datos objetivos que motiven el endurecimiento de las penas y, por tanto, me parece oportuno el desmarque del PSOE de esa medida y el anuncio de recurso constitucional si llega a aprobarse.

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